Por el cual se distribuyen unas partidas

Rango Decreto
Publicación 1952-05-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HIGIENE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 27 de 1947 y el artículo 8° de la Ley 2ª de 1951,

DECRETA

Artículo primero. Con cargo al Capítulo 61, artículo 640 del Presupuesto Nacional de Gastos vigente, destínanse las siguientes partidas:
Para la construcción de la Planta de Filtración de aguas negras, tubería y terminación definitiva del Sanatorio Antituberculoso "Santa Sofía", de Manizales, se girará a la Junta de Beneficencia de Manizales, según contrato vigente, por una sola vez$100.000.00Para comenzar la dotación del Hospital-sanatorio "Santa Sofía", de Manizales, se girará al Sindico Administrador, de dicha entidad, por una sola vez50.000.00Para reformas locativas y dotación de las salas de cirugía del Hospital-sanatorio "La María", de Medellín, se girará al Síndico Administrador de la mencionada entidad, por una sola vez30.000.00Para reformas locativas del Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Girardot, por una sola vez2.000.00Para reformas locativas del Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Cartagena, por una sola vez3.000.00 Para la construcción de la Planta de Filtración de aguas negras, tubería y terminación definitiva del Sanatorio Antituberculoso "Santa Sofía", de Manizales, se girará a la Junta de Beneficencia de Manizales, según contrato vigente, por una sola vez$100.000.00Para comenzar la dotación del Hospital-sanatorio "Santa Sofía", de Manizales, se girará al Sindico Administrador, de dicha entidad, por una sola vez50.000.00Para reformas locativas y dotación de las salas de cirugía del Hospital-sanatorio "La María", de Medellín, se girará al Síndico Administrador de la mencionada entidad, por una sola vez30.000.00Para reformas locativas del Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Girardot, por una sola vez2.000.00Para reformas locativas del Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Cartagena, por una sola vez3.000.00 Para la construcción de la Planta de Filtración de aguas negras, tubería y terminación definitiva del Sanatorio Antituberculoso "Santa Sofía", de Manizales, se girará a la Junta de Beneficencia de Manizales, según contrato vigente, por una sola vez$100.000.00Para comenzar la dotación del Hospital-sanatorio "Santa Sofía", de Manizales, se girará al Sindico Administrador, de dicha entidad, por una sola vez50.000.00Para reformas locativas y dotación de las salas de cirugía del Hospital-sanatorio "La María", de Medellín, se girará al Síndico Administrador de la mencionada entidad, por una sola vez30.000.00Para reformas locativas del Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Girardot, por una sola vez2.000.00Para reformas locativas del Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Cartagena, por una sola vez3.000.00
Para la construcción de la Planta de Filtración de aguas negras, tubería y terminación definitiva del Sanatorio Antituberculoso "Santa Sofía", de Manizales, se girará a la Junta de Beneficencia de Manizales, según contrato vigente, por una sola vez $ 100.000.00
Para comenzar la dotación del Hospital-sanatorio "Santa Sofía", de Manizales, se girará al Sindico Administrador, de dicha entidad, por una sola vez 50.000.00
Para reformas locativas y dotación de las salas de cirugía del Hospital-sanatorio "La María", de Medellín, se girará al Síndico Administrador de la mencionada entidad, por una sola vez 30.000.00
Para reformas locativas del Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Girardot, por una sola vez 2.000.00
Para reformas locativas del Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Cartagena, por una sola vez 3.000.00
Para la construcción de la Planta de Filtración de aguas negras, tubería y terminación definitiva del Sanatorio Antituberculoso "Santa Sofía", de Manizales, se girará a la Junta de Beneficencia de Manizales, según contrato vigente, por una sola vez $ 100.000.00
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Para comenzar la dotación del Hospital-sanatorio "Santa Sofía", de Manizales, se girará al Sindico Administrador, de dicha entidad, por una sola vez 50.000.00
Para reformas locativas y dotación de las salas de cirugía del Hospital-sanatorio "La María", de Medellín, se girará al Síndico Administrador de la mencionada entidad, por una sola vez 30.000.00
Para reformas locativas del Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Girardot, por una sola vez 2.000.00
Para reformas locativas del Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Cartagena, por una sola vez 3.000.00
Artículo segundo. A partir del primero de abril del año en curso, se aumenta la siguiente partida de sostenimiento y se destina un auxilio mensual; con cargo al Capítulo 61, artículo 640 del Presupuesto Nacional de gastos vigente. Auméntase la partida de sostenimiento mensual del Pabellón Antituberculoso del Hospital Civil de Pasto, en $ 300.00
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Para Auxiliar el Hospital '"De San Miguel" de Neiva, se girará al Síndico de la mencionada entidad, mensualmente 300.00
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Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 7 de abril de 1952. ROBERTO URDANETA ARBELAEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo - El Ministro de Higiene, Miguel Antonio Rueda Galvis. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 7 de abril de 1952. ROBERTO URDANETA ARBELAEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo - El Ministro de Higiene, Miguel Antonio Rueda Galvis. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 7 de abril de 1952. ROBERTO URDANETA ARBELAEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo - El Ministro de Higiene, Miguel Antonio Rueda Galvis.
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