Por el cual se fija la cuantía de una fianza

Rango Decreto
Publicación 1920-05-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y oído el concepto del honorable Consejo de Ministros,

decreta:

Artículo único. Fijase en tres mil pesos la cuantía de la fianza con que debe asegurar su manejo el Jefe de la Sección quinta del Ministerio de Hacienda.,

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de abril de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Hacienda, Pomponio GUZMAN.

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