Por el cual se fija una partida para útiles de escritorio y alumbrado de las Coloniales militares

Rango Decreto
Publicación 1905-11-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

DECRETA:

Artículo único. Asígnase á cada Colonia militar, Piquete volante y media Compañía suelta la suma de un peso ochenta centavos ($ 1-80) para útiles de escritorio; la de tres pesos sesenta centavos ($ 3-60) para alumbrado, y la de diez centavos ($ 0-10), por cada plaza, para jabón; todo en el mes y en oro.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 28 de Julio de 1905.

R. REYES

El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del Despacho,

ClímacoLosada

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