Que crea el cargo de Tesorero de la carretera de Arrancaplumas a Caracolí y se hacen varios nombramientos en el ramo de Caminos Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Créase el cargo de Tesorero Contador de la carretera de Arrancaplumas a Caracolí, con sueldo mensual de ciento veinte pesos ($ 120), y nómbrase para desempeñarlo al señor Heriberto Amador R.
Artículo 2° Nómbrase para desempeñar los cargos de Ingeniero Jefe, Ingeniero Ayudante y Tesorero Contador de la vía nacional del Progreso y su ramal de Ramiriquí a Zetaquira, a los señores Luis Cordero Asala, Alfredo Dávila y Cayo Leónidas Malaver, en su orden, con las asignaciones fijadas por Decreto ejecutivo número 813, de 18 de mayo último.
Artículo 3° Los empleados de manejo a que se refiere esto Decreto deben prestar el seguro legal correspondiente, antes de tomar posesión de sus cargos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de mayo de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.