Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970. (Ministerio Público), por $ 1.804.125
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que el Ministerio Público, por medio de la Resolución número 0455 de 1970, declaró sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su mismo Presupuesto que resultaron insuficientes, por un valor total de$ 1.804.125;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 08 de 1970, por un valor igual al que se trata de transferir, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:
Presupuesto de Funcionamiento.
Contracréditos
MINISTERIO PUBLICO
CAPITULO 380
Procuraduría General de la Nación.
Programa 395.
Dirección y administración de Fiscalías de Juzgados del Circuito.
Servicios personales
| 101, 134, 103. | Artículo 3845. Sueldos del personal de nómina | 1.628.250 |
|---|---|---|
| 102, 134, 117. | Artículo 3846. Prima de Navidad | 141.375 |
Gastos generales.
| 106, 134, 211. | Artículo 3851. Materiales y suministros | 34.500 |
|---|---|---|
| 102, 134, 117. | Suman los contracréditos | 1.804.125 |
Créditos:
Presupuesto de Funcionamiento.
MINISTERIO PUBLICO
CAPITULO 380
Procuraduría General de la Nación.
Programa 395.
Dirección y Administración de Fiscalías de Juzgados del Circuito.
Gastos generales
| 105, 134, 213. | Artículo 3848. Compra de equipo | $ 1.446.125 |
|---|---|---|
| 106, 134, 205. | Artículo 3849. Viáticos y gastos de viaje | 305.000 |
| 106, 134, 207. | Artículo 3850. Servicios de comunicaciones | 25.500 |
| 106, 134, 213. | Artículo 3852. Impresos y publicaciones | 27.500 |
| Suman los créditos | $ 1.804.125 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de junio de 1970
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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