Por el cual se dicta una providencia en el ramo de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
1.° Que las cuentas de la Administración Principal de Correos de Tunja correspondientes a los meses de enero a mayo y quince primeros días de junio siguiente de 1915 no han logrado arreglarlas los varios empleados que han intervenido en su esclarecimiento, y hoy se encuentran pendientes todavía y en un estado de completo desbarajuste, como lo informa el actual Visitador Postal y Telegráfico de Boyacá.
2.° Que es urgente darle solución definitiva a ese asunto, tanto para poder incorporar tales cuentas en la general del año, como para deslindar las responsabilidades en que hayan incurrido los empleados que las tenían a su cargo,
DECRETA:
Artículo 1.° El Inspector General de Correos y Telégrafos, asociado del Jefe de la Contabilidad de su Oficina, se trasladarán a Tunja, y en un término no mayor de diez días levantarán la cuenta, por tanteo, si fuere necesario, o recogerán los documentos y datos para formularla en esta ciudad. Deberán deducir el alcance líquido que resulte contra el responsable o responsables de las cuentas, y establecer las acciones correspondientes por medio de los respectivos funcionarios, para hacer efectivas las responsabilidades civil y criminal a que haya lugar.
Artículo 2.° Aprópiase la suma de sesenta pesos ($ 60) oro para que el Inspector en comisión haga sus gastos durante su permanencia en Tunja. Deberá presentar cuenta comprobada de la inversión que se dé a la cantidad votada.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de enero de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno, Antonio José CADAVID
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.