Por el cual se suprimen unas plazas y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1940-02-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA :

Artículo primero. Suprímense las siguientes plazas en el Ministerio de Correos y Telégrafos:
Departamento de Correos. Departamento de Correos. Departamento de Correos. Departamento de Correos.
Mensajerías:
Un Mensajero $ 90.00
Barranquilla-Agencia Postal.
Oficial de Pasaportes 90.00 180.00
Artículo segundo. Trasládense los siguientes Mensajeros del Departamento de Correos a las Oficinas Postales que a continuación se indican:
Medellín-Administración Principal. $
Cuatro Mensajeros, a $ 90 360.00
Barranquilla-Agencia Postal.
Mensajero 90.00
Cartagena-Agencia Postal.
Mensajero 90.00
Ayudante 60.00
Bucaramanga-Administración Principal.
Dos Mensajeros, a $ 90 180.00
Florencia-Administración de Correos.
Dos Mensajeros, a $ 100 200.00

El personal restante continuará figurando en la nómina del Departamento de Correos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de enero de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alfredo CADENA D'COSTA

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