Sobre provisión de material de oficinas

Rango Decreto
Publicación 1918-06-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Desde la publicación del presente Decreto las oficinas del Poder Judicial de fuéra de la capital de la República podrán hacer los pedidos de los útiles de escritorio que necesiten para su despacho al Ministerio de Obras Públicas por medio del Ministerio de Gobierno.
Artículo 2° El Ministerio de Obras Públicas ordenará a la Sección 5° del mismo que haga el suministro, ya despachando el pedido del material existente en el Almacén Nacional, cuando fuere posible, ya dando la autorización para que se contrate en el lugar de donde se haga, si lo estima conveniente.
Artículo 3° Los contratos se someterán a la aprobación del Gobierno en los términos ordinarios, conforme a la Ley.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de junio de 1918.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Obras Públicas, Jorge VELEZ.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.