por el cual se adicionan los Decretos-leyes 900, 1246 y 1236 de 1969, sobre División Territorial Judicial y se determinan los despachos judiciales con sus correspondientes funcionarios y empleados

Rango Decreto
Publicación 1970-08-06
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le otorgó el artículo 20 de la Ley 16 de 1968 entendido el concepto de la Comisión Asesora establecida por el artículo 21 de la misma Ley,

DECRETA:

Artículo 1°. Derogado.
Artículo 2°. Derogado.
Artículo 3°. Derogado.
Artículo 4°. Derogado.
Artículo 5°. Derogado.
Artículo 6°. Derogado.

Publíquese y ejecútese.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de mayo de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Justicia, Fernando Hinestrosa. El Ministro de Hacienda, Abdón Espinosa Valderrama.

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