Por el cual se separa una Oficina Postal de la Telegráfica
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Sepárase en Sonsón la Administración de Correos de la Oficina Telegráfica y organízase con el siguiente personal y asignaciones mensuales:
Un Administrador de Correos $ 1,200
Para gastos de útiles de escritorio 50
Parágrafo. El presente Decreto empezará á surtir sus efectos el día 1.° de Octubre próximo venidero.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Bogotá, á 30 de Septiembre de 1903
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
ESTEBAN JARAMILLO
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