Por el cual se aprueba el Acuerdo número 0010 del 7 de febrero de 1986 del Consejo Directivo de la Escuela Nacional del Deporte, sobre la estructura orgánica y funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1986-03-21
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

ARTÍCULO 1° Apruébase el Acuerdo número 0010 del 7 de febrero de 1986, el Consejo Directivo de la Escuela Nacional del Deporte, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 0010 DE 1986

(febrero 7)

por el cual se establece la estructura orgánica de la escuela nacional del deporte y se determinan las funciones de sus dependencias.

El Consejo Directivo de la Escuela Nacional del Deporte, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y oído el concepto favorable de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,

ACUERDA:

CAPITULO I

DE LA ESTRUCTURA

Artículo 1° La estructura orgánica de la Escuela Nacional del Deporte, será la siguiente:

3.1 Sección Financiera y Presupuestal

3.2 Sección de Admisiones, Registro y Control

3.3 Sección de Servicios Generales

3.4 Sección de Biblioteca y Recursos Educativos

4.1 Departamento de Investigaciones Deportivas

4.2 Departamento de Capacitación y Adiestramiento Deportivo

5.1 Comité Académico

5.2 Comité de Administración y Servicios

5.3 Comisión de Personal

CAPITULO II

DE LAS FUNCIONES

CONSEJO DIRECTIVO Y RECTORÍA.

Artículo 2° El Consejo Directivo y el Rector de la Escuela Nacional del Deporte, cumplirán las funciones para ellos señaladas en los estatutos y en las demás disposiciones legales vigentes.

Secretaría General.

Artículo 3° Son funciones de la Secretaría General:

ñ) Elaborar y ejecutar los programas de administración de personal de la Escuela, de acuerdo con las políticas establecidas y velar por el estricto cumplimiento de las mismas;

SECCIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTAL.

Artículo 4° Son funciones de la Sección Financiera y Presupuestal:

SECCIÓN DE ADMISIONES, REGISTRO Y CONTROL.

Artículo 5° Son funciones de la Sección de Admisiones, Registro y Control:

SECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES.

Artículo 6°Son funciones de la Sección de Servicios Generales:

de muebles y enseres y efectuar los respectivos inventarios;

SECCIÓN DE BIBLIOTECA Y RECURSOS EDUCATIVOS.

Artículo 7° Son funciones de la Sección de Biblioteca y Recursos Educativos.

UNIDAD ACADÉMICA DE TECNOLOGÍA EN DEPORTE.

Artículo 8° Son funciones de la Unidad Académica de Tecnología en Deporte:

Elaborar el calendario académico y someterlo a consideración de la Rectoría;

ñ) Rendir informes a la Rectoría sobre las actividades de la dependencia y los especiales que le sean solicitados;

DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIONES DEPORTIVAS.

Artículo 9° Son funciones del Departamento de Investigaciones Deportivas:

DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN Y

ADIESTRAMIENTO DEPORTIVO.

Artículo 10° Son funciones del Departamento de Capacitación y Adiestramiento Deportivo:

ORGANOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN.

Artículo 11° COMITÉ ACADÉMICO. El Comité Académico se integrará y cumplirá las funciones previstas en el Estatuto Interno de la Escuela.

Artículo 12° COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS. El Comité de Administración y Servicios, estará integrado y cumplirá las funciones, según lo preceptuado en el Estatuto Interno de la Escuela.

Artículo 13° COMISIÓN DE PERSONAL. La Comisión de Personal se integrará y cumplirá las funciones de conformidad con las disposiciones legales vigentes que regulan la materia.

Artículo 14° El presente Acuerdo requiere de la aprobación del Gobierno Nacional y rige a partir de la publicación del Decreto respectivo.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en la ciudad de Cali, a los 7 días del mes de febrero de 1986.

El Presidente,

(Fdo.) Julio Nieto Bernal.

El Secretario

(Fdo.) Francisco Rincón Medina».

ARTÍCULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

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