por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 2002-05-11
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República se trasladará a la ciudad de Madrid (España), entre los días 14 y 20 de mayo de 2002, con el fin de asistir a la Cumbre de la Unión Europea, América Latina y el Caribe;

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Justicia y del Derecho está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Rómulo González Trujillo, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de mayo de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.