Por el cual se crean varios empleados y se autoriza a un Gobernador para hacer los nombramientos
El Vicepresidente de la República encargada del Poder Ejecutivo,
Vistos los informes del señor Gobernador del Departamento de Bolívar, y en uso de la atribución contenida en el inciso primero del artículo 31 del Código Fiscal,
DECRETA:
Artículo 1.° Créase en la Aduana de Barranquilla, una nueva Sección de reconocimiento compuesta de un Reconocedor, un Fiel de Balanza, un Liquidador y un Revisor, que gozarán de las mismas asignaciones que los empleados de igual categoría de las otras Secciones
Artículo 2.° Auméntase el personal de los Resguardos de Barranquilla y Cartagena en 3 Cabos y 2 Guardas, en cada uno, con asignación igual á la que gozan los empleados de la misma categoría en los indicados Resguardos.
Artículo 3.° Autorízase al señor Gobernador de Bolívar para hacer en interinidad los nombramientos de los empleados de que trata el presente decreto, menos el de Revisor que se nombrará por el Ministerio de Hacienda.
Dado en Bogotá, á 15 de Mayo de 1893,
- M. A. CARO,
El Ministro de Hacienda,
Pedro Bravo.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.