Por el cual se suprimen unas plazas y se crean otras en el ramo Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1922-06-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1º Suprímese la plaza de Ayudante en la Oficina Telegráfica de La Ceja, y cuatro en la la de Salamina (Caldas), y créanse tres más de Ayudantes y una de Copísta en la de Medellín, y una de Ayudante en la de Manizales, con las mismas asignaciones mensuales que corresponden a las de su clase en estas últimas Oficinas,
Artículo 2º Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Restrepo (Departamento del Valle), con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
Un Telegrafista Administrador, con $ 32
Un Cartero, con 5
Para gastos de alumbrado 1

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 junio de 1922.

JORGE HOLGUIN-El Ministro de Gobierno, Víctor M. SALAZAR.

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