Por el cual se autoriza la emisión de especies postales conmemorativas del IV centenario de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1938-07-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Autorízase la siguiente emision de especies postales conmemorativas del IV Centenario de la fundación de la ciudad de Bogotá:
500.000 estampillas de $ 0.01 cada una.
300.000 estampillas de 0.02 cada una.
2.000.000 estampillas de 0.05 cada una.
150.000 estampillas de 0.10 cada una.
100.000 estampillas de 0.15 cada una.
100.000 estampillas de 0.20 cada una.
15.000 estampillas de 1.00 cada una.

Parágrafo. Las especies se pondrán en circulación en el próximo mes de julió y tendrán curso por tiempo indefinido.

Artículo 2° Queda autorizado el Ministro de Correos y Telégrafos para determinar los motivos, dimensiones y colores, salvo éstos que, conforme a los Convenios Internacionales, deban tener las estampillas de $ 0-01, $ 0-02 y $ 0-05.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de mayo de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Nicolás LLINAS VEGA

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