Por el cual se modifica la destinación de una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Con la partida de $ 5.000, destinada por el Ministerio de la Economía Nacional para sostenimiento de la Granja Agrícola de la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, incorporada al presupuesto de este Territorio por Decreto ejecutivo número 378, de 24 de febrero próximo pasado, se atenderán también los gastos para establecer y sostener la Granja Agrícola de la isla de Providencia, en la citada Intendencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de mayo de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Alfonso ARAUJO
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