Por el cual se establece la nomenclatura y escala salarial para la Dirección Nacional y las Oficinas Seccionales de la carrera judicial
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 55 de 1987,
DECRETA:
Artículo 1. Derogado.
Artículo 2. Derogado.
Artículo 3. Derogado.
Artículo 4. Derogado.
Artículo 5. Derogado.
Artículo 6. Derogado.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LuisFernando Alarcon Mantilla.
EL Ministro de Justicia,
EnriqueLow Murtra.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquin Barreto Ruiz.
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