Sobre circulación de la moneda de níquel

Rango Decreto
Publicación 1889-12-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República

DECRETA:

Art. 1º Derógase el Decreto número 901 de 22 de Noviembre del presente año, adicional á los de 3 de Mayo y 22 de Julio de 1886, número 265 y 432, sobre circulación de moneda de níquel y pago de rentas y contribuciones. En consecuencia, dicha moneda continuará admitiéndose en cualquiera cantidad tanto en las Oficinas de Recaudación como en las transacciones particulares, y el Banco Nacional no ejecutará la operación de cambio de que trata el artículo 2º del Decreto que por éste se deroga.

Dado en Bogotá, á 2 de Diciembre de 1889.

CARLOS HOLGUÍN.

El Ministro de Hacienda,

Felipe F. Paúl.

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