Por el cual se hacen unos traslados dentro de las apropiaciones del presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional

Rango Decreto
Publicación 1968-07-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9º del Decreto 052 de 1968 autoriza al Gobierno Nacional para hacer traslados dentro de las apropiaciones del presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional;

Que existen sobrantes de apropiación con los cuales se puede financiar la continuación de obras cuyas partidas son insuficientes, y

Que el Auditor General ante el Ministerio de Obras Públicas expidió el Certificado de Disponibilidad número 3 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional.
CONTRACREDITOS
Programa 05
Construcción Carreteras Troncales
Artículo 14. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la Troncal Transversal Turbo-Villavicencio 3.000.000.00
Proyecto 3. Bogotá-Crucero-Cota-Mosquera 3.000.000.00
Programa 06
Construcción de otras carreteras
Artículo 16. Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras 5.249.105.75
Proyecto 13. Tuluá-río Frio 249.105.75
Proyecto 56. Cota-Funza-Mosquera 5.000.000.00
Total contracréditos $ 8.249.105.75
CREDITOS
Programa 05
Construcción Carreteras Troncales
Artículo 13. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Panamericana 3.000.000.00
Proyecto 5. Bogotá-Fontibón 3.000.000.00
Programa 06
Construcción de otras carreteras
Artículo 16. Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras 5.249.105.75
Proyecto 72. Vías en el Centro Administrativo Nacional 5.000.000.00
Proyecto 75. Miranda-Florida-Pradera-Palmira 249.105.75
Total créditos 8.249.105.75
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de junio de 1968.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Obras Públicas, encargado. José Vicente Mogollón Vélez

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.