Por el cual se ordena la celebración de la Semana Nacional de la Calidad

Rango Decreto
Publicación 1975-06-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, y

considerando:

Que el Decreto 623 de 1974 por el cual se revisa la Organización Administrativa de la Superintendencia de Industria y Comercio, le asigna a esta entidad las funciones de establecer, coordinar y dirigir los programas nacionales de control industrial de la calidad, pesas y medidas y metrología y de reglamentar la implantación del Sistema Métrico Decimal.

Que es necesario promover y difundir en las sociedades industriales, comerciales y de servicios, en las organizaciones profesionales y en Administración pública la aplicación de sistemas adecuados de control de la calidad con el fin de lograr una mayor satisfacción de los usuarios y consumidores mediante productos o servicios de calidad asegurada, teniendo en cuenta los imperativos económicos, nacionales e internacionales.

DECRETA:

Artículo 1º Ordénase la celebración de la Semana Nacional de la Calidad durante los días comprendidos entre el 19 y el 21 de julio de 1975.
Artículo 2º La organización, dirección y coordinación de la Semana Nacional de la Calidad estará a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio con la colaboración del Instituto Colombiano de Normas Técnicas Icontec, en su calidad de Organismo Asesor del Gobierno en materia de Normalización Técnica.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 19 de mayo de 1975.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Desarrollo Económico,

Jorge Ramírez Ocampo.

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