Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 28 de marzo del presente año, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar- unos traslados dentro de su. Presupuesto, según consta en la nota número 8096, procedente de la Secretaria de dicha entidad,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Capítulo 31:
| Del artículo 290. Para atender al servicio de amortización, pago de intereses y demás gastos del préstamo hecho por Roberto H. Parrish para la canalización de Bocas de Ceniza y construcción de un puerto terminal, según contratos publicados en el Diario Oficial números 23450, 23486 y 23650. | $ | 5.499.29 |
|---|---|---|
Capítulo 24:
| Al artículo 212. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio | $ | 3.000.00 |
|---|---|---|
Capitulo 31:
| Al artículo 288 bis. Para entregar a Frederick Snare Corporation, como administradores del Terminal de Cartagena, para completar el capital de explotación y que corresponde al exceso de gastos sobre productos en el segundo semestre del año de 1941, de conformidad con la Resolución número 96 de 1942 (febrero 28), del Ministerio de Obras Públicas | 2.499.29 | ||
|---|---|---|---|
| Sumas iguales | $ | 5.499.29 | 5.499.29 |
Articulo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de abril de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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