Por el cual se crea una Oficina en el Ramo postal y telegráfico
El Presidente de la República,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Créase la Oficina postal y telegráfica de El Amparo, Departamento del Magdalena, servida por un Telegrafista Administrador de Correos, con la asignación mensual de treinta pesos ($ 30) oro.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 12 de Noviembre de 1904.
B. REYES
El Ministro de Gobierno,
BONIFACIO VELEZ
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