Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973 (Ministerio de Salud Pública), por $ 30.000.00

Rango Decreto
Publicación 1973-06-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 12 de la Ley 9ª de 1972, facultó al Gobierno Nacional para distribuir las partidas liquidadas en el Presupuesto de Gastos que necesiten ser divididas, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;

Que tales distribuciones deben ser originarias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para lo cual sólo se requiere la firma de su respectivo Ministro, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto;

Que el Ministerio de Salud Pública ha solicitado la aplicación de la precitada norma para el reparto de la suma de $30.000.00 de su presupuesto de funcionamiento de la actual vigencia, con destino al Programa de Auxilios de Congresos Médicos y Científicos;

Que la Dirección General del Presupuesto encuentra ajustada a las disposiciones legales vigentes, la petición propuesta,

DECRETA:

Artículo 1°. Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1973:

Presupuesto de Funcionamiento

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

CAPITULO 231

Ministerio de Salud Pública

Programa 251

Dirección Superior

Transferencias

205 111 430. Artículo 2919. Auxilios de Congresos Médicos y Científicos, $250.000.00, que se distribuye parcialmente así:

Ordinal 1. Para el VIII Congreso Colombiano de Cirugía, a celebrarse en Cali del 23 al 26 de mayo de 1973. $ 15.500.00
Ordinal 2. Para el II Congreso Bolivariano de Reumatología y III Congreso Colombiano de Reumatología, a celebrarse en Bogotá del 4 al 7 de agosto de 1973 15.000.00
Total $ 30.000.00
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.,

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de mayo de 1973.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Echavarría.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.