Por el cual se crean tres empleos en el ramo Postal
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y
considerando
que se han establecido líneas de correos u Florencia, sobre el río Orteguasa; a Puerto Asís, en el Putumayo, y a Calamar, sobre el río Unilla,
decreta:
Artículo l.° Créanse las plazas de Administradores de Correos Nacionales en. Florencia, Calamar y Puerto Asís, con la asignación mensual de treinta pesos ($ 30) cada uno.
Artículo 2.° La Dirección General de Correos y Telégrafos hará las designaciones correspondientes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de septiembre da 1912.
CARLOS E. RESTREPO
Ministerio de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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