por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1965, (Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Obras Públicas), por $ 2.543.365.40

Rango Decreto
Publicación 1965-05-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Decreto-ley número 1675 de 1964, orgánico del manejo del| Presupuesto Nacional, el Gobierno está facultado para hacer, en receso del Congreso, traslaciones presupuéstales dentro de las apropiaciones de cada Ministerio o Departamento Administrativo, previa certificación del Contralor General dela República de que la apropiación que se va a transferir está libre de afectaciones;

Que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Obras Públicas, han solicitado unos traslados dentro de las apropiaciones de sus respectivos presupuestos de gastos, a fin de atender eficazmente el cumplimiento de sus labores;

Que las traslaciones propuestas no exceden el 10% del monto de las apropiaciones inicialmente votadas por el Congreso para las respectivas dependencias, conforme a lo pre-| visto en el artículo 99 del Decreto-ley número 1675 de 1964;

Que para amparar las operaciones presupuéstales de que se trata, el Contralor General de la República ha expedido los Certificados de Disponibilidad números 20, 21 y 25 de11965, por un total de $2.543.365.40, y

Que se han observado las normas legales requeridas para| esta clase de operaciones presupuéstales,

decreta:

Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1965:
Presupuesto de Funcionamiento.
Contracréditos.
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
I Gastos directos del Ministerio.
CAPITULO 252
Rama Técnica.
Programa VI
Procesamiento automático de datos.
Gastos generales.
106, 114. Artículo 2612. Arrendamientos 513.365.40
MINISTERIO DEL TRABAJO
CAPITULO 501
Administración y Dirección del Ministerio.
Programa II
Asesorías.
Transferencias.
205, 317. Artículo 5026. Centro Nacional de Productividad 30.000
Presupuesto de Inversión.
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 1192
Rama Operativa.
Programa II
Construcción de carreteras nacionales.
Inversión directa.
Recursos de inversión.
460, 264. Artículo 11908. Construcción, reconstrucción y pavimentación de las carreteras financiadas por el BIRF, troncales-transversales 2 000.000.00
Proyecto 5. Carretera Diviso-Tumaco $ 2.000.000'
Suman los contracréditos $ 2 543.365.40
Créditos,
Presupuesto de Funcionamiento.
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CAPITULO 252
Rama Técnica.
Programa VI
Procesamiento automático de datos.
Gastos generales.
105, 114. Artículo 2605. Mantenimiento y aseguros $ 20 000
105, 114. Artículo 2606. Compra de equipo 260.000.00
106, 114. Artículo 2607. Viáticos y gastos de viaje 5.000.00
106, 114. Artículo 2608. Servicio de comunicaciones 48.365.40
106, 114. Artículo 2610. Materiales y suministros 150.000.00
106, 114. Artículo 2611. Impresos y publicaciones 30,000.00
MINISTERIO DEL TRABAJO
CAPITULO 501
Administración y Dirección del Ministerio.
Programa II
Asesorías.
Gastos generales.
106, 111. Artículo 5021. Viáticos y gastos de viaje 30.000.00
Presupuesto de Inversión.
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 1192
Rama Operativa.
Programa II
Construcción .de, carreteras nacionales.
Inversión directa.
Recursos de inversión.
460, 264. Artículo 11907. Construcción, reconstrucción y pavimentación de las carreteras financiadas por el BIRF, de la troncal occidental $2.000.000.00
Proyecto 11. Carretera Pasto-Ipiales-Rumichaca 2.000.000
Suman los créditos $ 2.543.365 40
Créditos
Presupuesto de Funcionamiento
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CAPITULO 525
Rama Técnica
Programa VI
Procesamiento automático de datos
Gastos generales
105, 114. Artículo 2605. Mantenimiento y aseguros $ 20.000.00
105, 114. Artículo 2606. Compra de equipo 260.000.00
106, 114. Artículo 2607. Viáticos y gastos de viaje 5.000.00
106, 114. Artículo 2608. Servicio de comunicaciones 48.365.00
106, 114. Artículo 2610. Materiales y suministros 150.000.00
106, 114. Artículo 2611. Impresos y publicaciones 30.000.00
MINISTERIO DEL TRABAJO
CAPITULO 501
Administración y Dirección del Ministerio
Programa II
Asesorias
Gastos Generales
106, 111. Artículo 5021. Viáticos y gastos de viaje 30.000.00
Presupuesto de Inversión
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 1192
Rama Operativa
Programa II
Construccion de carreteras nacionales
Inversion directa
Recursos de inversión
460. 264. Artículo 11907. Construcción, y pavimentación de las carreteras financiadas por el BIRF, de la troncal occidental $ 2.000.000.00
Proyecto 11. Carretera Pasto-Ipiales-Rumichaca 2.000.000
Suman los créditos $ 2.543.365.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de abril de 1965. '

guillermo leon valencia

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Duran Dussán.

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