Por el cual se restablece una Administración subalterna de Correos

Rango Decreto
Publicación 1888-11-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República

DECRETA :

Articulo único. Restablécese la Administración Subalterna de Correos nacionales en Agualarga y adscríbese á la Oficina telegráfica del misino lugar.

Parágrafo. La fianza que se preste por el Telegrafista servirá para asegurar su manejo como Administrador de correos.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 22 do Noviembre 1888

CARLOS HOLGUIN.

El Ministro de Gobierno,

José Domingo Ospina C.

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