Por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Rango Decreto
Publicación 1988-05-13
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º Suprímanse de la Planta de Personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los siguientes cargos:
No DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1 Asesor 1020 01
DIRECCION GENERAL DEL MENOR TRABAJADOR DIRECCION GENERAL DEL MENOR TRABAJADOR DIRECCION GENERAL DEL MENOR TRABAJADOR DIRECCION GENERAL DEL MENOR TRABAJADOR
División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia, con sede en Medellín. División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia, con sede en Medellín. División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia, con sede en Medellín. División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia, con sede en Medellín.
1 Profesional Universitario 3020 04
DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO
División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Santander. División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Santander. División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Santander. División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Santander.
Sección de Inspección de Trabajo. Sección de Inspección de Trabajo. Sección de Inspección de Trabajo. Sección de Inspección de Trabajo.
Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barrancabermeja. Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barrancabermeja. Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barrancabermeja. Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barrancabermeja.
1 Secretario 5140 06
DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO
Servicio Regional de Empleo de la Guajira, Maicao. Servicio Regional de Empleo de la Guajira, Maicao. Servicio Regional de Empleo de la Guajira, Maicao. Servicio Regional de Empleo de la Guajira, Maicao.
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03
Artículo 2º Créanse en la Planta de Personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los siguientes cargos:
No DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL EMPLEO DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO
División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia. División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia. División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia. División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia. División Departamental de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia.
Sección de Inspección de Trabajo. Sección de Inspección de Trabajo. Sección de Inspección de Trabajo. Sección de Inspección de Trabajo. Sección de Inspección de Trabajo.
Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Apartadó. Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Apartadó. Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Apartadó. Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Apartadó. Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Apartadó.
1 1 Asesor 1020 01
1 1 Profesional Universitario 3020 04
1 1 Secretario 5140 06
1 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto número 1236 de 1976, 2544 de 1981 y 3203 de 1983.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de mayo de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Fernando Alarcon Mantilla.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Diego Younes Moreno.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Joaquin Barreto Ruiz.

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