por el cual se aprueba el Acuerdo número 000004 del 24 de agosto de 1994 del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cesar, que reestructura la Planta de Personal y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1995-06-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Apruébase el Acuerdo número 000004 del 24 de agosto de 1994, emanado del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cesar, cuyo contenido es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 000004 DE 1994

(agosto 24)

por el cual se reestructura la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cesar y se dictan otras disposiciones.

El Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cesar, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 74 del Decreto número 1042 de 1978 y del artículo 10 de la Ley 49 de 1983,

ACUERDA:

Artículo 1º. Suprímanse los siguientes cargos de la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cesar:

No. cargos Dependencia y denominación del cargo Código Código Grado
1 Chofer Mecánico 5310 5310 06
1 Secretario 5140 5140 06
GRUPO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GRUPO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GRUPO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GRUPO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GRUPO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
Coordinador 5005 19 19
1 Pagador 5045 13 13
1 Almacenista 5080 09 09
3 Visitador 5100 08 08
2 Celador 5320 03 03
1 Auxiliar Administrativo 5120 05 05
GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO
1 Coordinador 5005 19 19
4 Instructor 4085 08 08
8 Instructor Auxiliar 4130 04 04
1 Secretario 5140 06 06

Artículo 2º. Establécese para el cumplimiento de las funciones propias de las distintas dependencias de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cesar, la siguiente planta global de personal:

No. cargos Denominación del cargo Código Grado
1 Director de Unidad Administrativa Especial 2025 14
2 Jefe de División 2040 03
1 Profesional Universitario 3020 04
1 Profesional Universitario 3020 03
1 Médico (2 H.M.) 3085 14
1 Odontólogo (2 H.M.) 3085 14
1 Asistente Administrativo 4140 10
1 Técnico Administrativo 4065 05
7 Técnico Profesional 4175 11
1 Auxiliar Administrativo 5120 08
1 Secretario Ejecutivo 5040 11
1 Secretario 5140 08
2 Auxiliar Servicios Generales 5335 07

Artículo 3º.El Director Ejecutivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Cesar, mediante resolución, distribuirá el personal en los cargos, de acuerdo con la estructura interna, planes y programas adoptados y las necesidades del servicio.

Artículo 4°. Los funcionarios cuyos cargos sean suprimidos de conformidad con el artículo 1º del presente Acuerdo tendrán derecho al pago de la indemnización en los términos y condiciones estipulados en el artículo 8° de la Ley 27 de 1992 y de su Decreto Reglamentario 1223 de 1993.

Artículo 5°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga las Resoluciones números 114 y 180 de 1978 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Valledupar, a los veinticuatro (24) días del mes de agosto de 1994.

El Presidente,

(Fdo.) Luis Rivero González.

El Secretario,

(Fdo.) Alfredo Gómez Hinojosa.»

ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 2 de junio de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

El Ministro de Educación Nacional,

Arturo Sarabia Better.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo González Montoya.

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