Por el cual se honra la memoria de un Prócer de la Independencia
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Dr Alejandro Osorio y Uribe sirvió á la causa de la Independencia nacional haciendo como compañero del General D. Antonio Nariño la campaña de Pasto en 1813, y ayudando, como Secretario del Libertador en 1819, á organizar el Gobierno de la República y los diversos ramos de la administración pública;
Que desempeñó los puestos de Senador de la República, Magistrado de la Suprema Corte de Justicia y otros elevados cargos políticos y judiciales, distinguiéndose en ellos por su ciencia, dotes intelectuales y acrisolada honradez;
Que como distinguido orador parlamentario y escritor público defendió siempre los intereses de la justicia y de la Patria, dando en todos sus actos alto ejemplo de patriotismo y de virtudes cívicas;
Que es deber del Gobierno perpetuar el recuerdo de los ciudadanos que han prestado eminentes servicios al país y especialmente de los que como el Dr Osorio, arriesgaron ó sacrificaron todo en la época difícil y gloriosa de nuestra emancipación política; y
Que el día de hoy cumple el primer centenario del nacimiento del Dr. Osorio,
DECRETA:
Art único. Hónrase la memoria del Prócer de la Independencia y hombre público, Sr.Dr. D. Alejandro Osorio y Uribe y recuérdase á los colombianos los servicios y méritos de aquel ilustre ciudadano.
Parágrafo. El retrato del Sr. Dr. Osorio se colocará en lugar distinguido de alguno de los edificios nacionales.
Dado en Bogotá, á 26 de Febrero de 1890.
CARLOS HOLGUÍN.
El Ministro de Gobierno,
José Domingo Ospina C.
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