Por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 de febrero 14 de 1984, expedido por el Consejo Superior sobre adopción de la estructura orgánica de la Universidad de Caldas
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase la Estructura Orgánica de la Universidad de Caldas, expedida por el Consejo Superior mediante Acuerdo número 003 de febrero 14 de 1984, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NUMERO 003 DE 1984
por el cual se establece la Estructura Orgánica de la Universidad de Caldas y se determinan las funciones de sus Dependencias.
El Consejo Superior de la Universidad de Caldas, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,
ACUERDA:
I- DE LA ESTRUCTURA
Artículo 1º. La Estructura Orgánica de la Universidad de Caldas será la siguiente:
-
- Consejo Superior.
-
- Rectoría.
2.1 Oficina de Planeación
2.1.1 Sección de Sistematización de Datos.
2.2 Oficina de Auditoría Operacional.
2.3 Secretaría General.
2.3.1 Sección de Archivo y Correspondencia.
-
- Consejo Académico.
-
- Vice-Rectoría Académica.
4.1 Centro de Investigaciones y Desarrollo Científico.
4.2 Centro de Biblioteca e Información Científica.
4.3 Centro de Recursos Educativos.
4.3.1 Sección de Ayudas Audiovisuales.
4.3.2 Sección de Laboratorios y Equipos,
4.4Centro de Educación Abierta y a Distancia.
- 4.5. Sección de Admisiones, Registro y Control Académico.
4.6 Facultad de agronomía.
4.6.1 Consejo de Facultad.
4.6.2 Departamento de Socioeconomía.
4.6.3 Departamento de Ingeniería Agrícola.
4.6.4 Departamento de Fitotecnia.
4.6.5 Departamento de Suelos.
4.7 Facultad de Bellas Artes.
4.7.1 Consejo de Facultad.
4.7.2 Departamento de Artes Plásticas.
4.7.3 Departamento de Música.
4.7.4 Departamento de Dibujo Arquitectónico.
4.8 Facultad de Derecho.
4.8.1 Consejo de Facultad.
4.8.2 Departamento de Derecho Privado.
4.8.3 Departamento de Derecho Público.
4.8.4 Departamento de Ciencias Políticas, Sociales, Económicas, Complementarias y prácticas.
4.8.5 Departamento de, Educación Avanzada.
4.8.6 Departamento de Educación Abierta y Continuada.
4.8.7 Centro de Investigaciones Jurídicas, Políticas Sociales.
4.8.8 Centro de Consultoría Jurídica (Consultorio, Jurídico).
4.9 Facultad de Desarrollo Familiar.
4.9.1 Consejo de facultad.
4.9.2 -Departamento de Desarrollo Familiar.
4.9.3 Departamento de Metodología en Desarrolla Familiar.
4.9.4 Centro de Investigaciones y Servicios para el Desarrollo de la Familia y la Comunidad
4.10 Facultad de Educación.
4.10.1 Consejo de Facultad.
4.10.2 Departamento de Lenguas Modernas.
4.10.3 Departamento de Biología y Química.
4.10.4 Departamento de Historia y Geografía.
4.10.5 Departamento de Psicopedagogía.
4.11 Facultad de Enfermería.
4.11.1 Consejo de Facultad.
4.11.2 Departamento de Ciencias Básicas.
4.11.3 Departamento de Enfermería Clínica.
4.11.4 Departamento de Administración y Educación en Enfermería.
4.12 Facultad de Filosofía y Letras.
4.12.1 Consejo de Facultad.
4.13 Facultad de Geología y Minas.
4.13.1 Consejo de Facultad.
4.13.2 Departamento de Ciencias Básicas.
4.13.3. Departamento de Formación Profesional.
4.13.4 Centro de Investigaciones para las Ciencias de la Tierra.
4.14 Facultad de Medicina.
4.14.1 Consejo de Facultad.
4.14.2 Departamento de Ciencias Fisiológicas.
4.14.3 Departamento de Cirugía.
4.14.4 Departamento de Ginecología y Obstetricia.
4.14.5 Departamento de Medicina Interna.
4.14.6 Departamento de Medicina. Social y Salud Pública.
4.14.7 Departamento de Morfología.
4.14.8 Departamento de Patología.
4.14.9 Departamento de Pediatría.
4.14.10 Departamento de Psiquiatría.
4.14.11 Centro de Educación Médica.
4.15 Facultad de Trabajo Social.
4.15.1. Consejo de Facultad.
4.16 Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia.
4.16.1 Consejo de Facultad,
4.16.2 Departamento de Medicina Veterinaria.
4.16.3 Departamento de Producción Animal.
4.16.4 Departamento de Salud Pública.
4.16.5 Departamento de Servicios Pecuarios Ambulatoria Reproductivos y de Extensión.
4.16.6 Centro de Investigación Piscícola.
-
- Vice-Rectoría Administrativa.
5.1 División Financiera
5.1.1. Sección de Tesorería.
5.1.2. Sección de Contabilidad y Presupuesto.
- 5.2. División de Recursos Humanos.
5.2.1. Sección de Selección y Capacitación.
5.2.2 Sección de Personal.
5.3 División de Servicios Generales.
5.3.1 Sección de Servicios Auxiliares.
5.3.2 Sección de Bienes y, Suministros.
5.3.3 Sección de Publicaciones.
5.4 División de Bienestar Social.
5.4.1 Sección Servicios de Salud.
5.4.2 Sección de Extensión Cultural y Recreación.
5.4.3 Sección de Servicios Especiales y Crédito Educativo.
5.5 Sección de Bienes Rurales.
-
- Organos de Asesoría y Coordinación.
6.1 Comité de Asuntos Administrativos.
6.2 Comité Central de Formación, Avanzada.
6.3 Comité Central de Currículo.
6.4 Comité Central de Investigaciones y Desarrollo Científico
6.5 Comité de Personal Docente.
6.6 Comité de Biblioteca e Información Científica.
6.7 Comité de Educación Abierta y a Distancia.
- 6.8. Comité de Bienes Rurales
6.9 Comité de Archivo y Microfilmación.
6.10 Comisión de Personal.
6.11 Junta de Licitaciones y Contratos.
II - DE LAS FUNCIONES'
Consejo Superior, Rector y Consejo Académico. ,
Artículo 2º. El Consejo Superior, el Rector y el Consejo Académico cumplirán las funciones señaladas en el Estatuto General de la Universidad, aprobado por Decreto 2881 de 1981 y demás disposiciones legales vigentes.
Oficina de Planeación.
Artículo 3º Son funciones de la Oficina de Planeación:
- a) Asesorar a la Rectoría y demás órganos directivos en la planeación, programación y evaluación académica y administrativa de la Universidad.
- b) Realizar estudios sobre la organización y funcionamiento, métodos y procedimientos, elaborar los manuales respectivos y colaborar con las distintas dependencias en su implantación.
- c) Preparar, en coordinación con la Vice-Rectoría Administrativa y las distintas dependencias de la Universidad, el proyecto anual de presupuesto.
- d) Dirigir las actividades relacionadas con la recolección, análisis y procesamiento de la información.
- e) Elaborar los estudios estadísticos que requiera la institución para una efectiva y eficaz toma de decisiones.
- f) Elaborar y/o evaluar los diferentes planes, programas y proyectos que se efectúen en la Universidad, con miras a que éstos se ajusten a los objetivos institucionales y sugerir los correctivos que sean, necesarios.
- g) Mantener relaciones permanentes con las diferentes entidades del Estado que por razón de sus funciones contribuyan a una dinámica planeación institucional y del sector.
- h) Rendir informes pertinentes sobre las actividades que desarrolle la dependencia.
- i) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Sistematización, de Datos.
Articulo 4º Son funciones de la Sección de Sistematización de Datos:
- a) Recolectar, clasificar y almacenar la información de orden académico y administrativo de la Universidad.
- b) Procesar la información que requiera la Universidad para el desarrollo normal de las actividades.
- c) Suministrar a las Directivas de la Universidad y a las dependencias que lo requieran la información necesaria para la planeación universitaria la toma de decisiones y la ejecución de funciones.
- d) Analizar la información y evaluar los procesos administrativos referentes al manejo de la misma, y proponer acciones tendientes a su mejoramiento y eficacia.
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina de Auditoría Operacional.
Artículo 5º Son funciones de la Oficina de Auditoría Operacional:
- a) Vigilar el cumplimiento de las normas legales y los procedimientos administrativos y financieros de las dependencias de la Universidad,
- b) Comprobar el cumplimiento de las funciones administrativas propias de cada dependencia.
- c) Hacer las recomendaciones que sean necesarias para corregir las deficiencias encontradas en la aplicación de las normas y procedimientos.
- d) Refrendar en asocio con el jefe de la División Financiera., los cheques que por todo concepto gire la Universidad.
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia,
Secretaría General.
Artículo 6º El-Secretario General cumplirá además de las funciones previstas en el artículo 38 del Estatuto General las siguientes:
- a) Asistir a la Universidad en el trámite y solución de los asuntos de orden jurídico en que ésta sea, parte.
- b) Elaborar o, revisar los actos administrativos propios de la Institución.
- c) Mantener al día la codificación de las disposiciones internas y externas relacionadas con la Universidad y emitir boletines informativos periódicos.
- d) Conservar y actualizar la titulación de los bienes inmueb1es de propiedad de la Universidad.
- e) Las demás que le señalen el Consejo Superior Sección de Archivo y Correspondencia,
Artículo 7º. Son funciones de la Sección de Archivo y Correspondencia
- a) Recopilar y organizar en forma técnica y sistemática los diferentes documentos que conforman el Archivo General de la Universidad.
- b) Coordinar y controlar el manejo de los archivos periféricos que funcionan en las diferentes dependencias.
- c) Ejecutar las actividades relacionadas con la clasificación y microfilmación de documentos y responder por la seguridad de los mismos.
- d) Recibir, radicar y distribuir oportunamente la correspondencia dé la entidad.
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Vice-Rectoría Académica.
Artículo 8º. Son funciones de la Vice-Rectoría Académica:
- a) Asistir al Rector en la ejecución de las políticas institucionales y en los asuntos docentes y estudiantiles.
- b) Asesorar, coordinar y supervisar él desarrollo de las actividades de las diferentes dependencias que conforman el área, académica de la Universidad.
- c) Impulsar y coordinar los planes de investigación y extensión que desarrolle la Universidad.
- d) Vigilar el cumplimiento, de los programas académicos, y analizar y evaluar sus respectivos currículos.
- e) Dirigir los procesos de admisión de estudiantes y velar por el adecuado registro y control académico.
- f) Rendir los informes pertinentes a los Organos Directivos de la Universidad.
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Centro de Investigaciones y Desarrollo Científico.
Artículo 9º. Son funciones del Centro de Investigaciones y Desarrollo Científico:
- a) Estimular el ejercicio de la investigación en el ámbito universitario, acogiendo e implementando toda iniciativa loable relacionada con la misma.
- b) Promover y coordinar todo lo relacionado con los proyectos de investigación que adopte la Universidad, y proporcionar los medios necesarios para el cumplimiento de estos fines.
- c) Desarrollar en forma permanente mediante seminarios específicos, el estudio y la evaluación de las actividades investigativas de la Universidad y su relación con los problemas del medio social.
- d) Apoyar la realización do eventos científicos de nivel nacional e internacional en cuya organización participe oficialmente la universidad
- e) Difundir ampliamente los avances y resultados de las Investigaciones e innovaciones educativas, a través de publicaciones y seminarios.
- f) Apoyar a las facultades y departamentos en aspectos, de investigación dentro del desarrollo de sus programas' académicos y en la capacitación de sus docentes, en metodología y técnicas de investigación
- g) Establecer relaciones e intercambios de información con organismos similares, lo mismo que con entidades que puedan financiar proyectos de investigación y de extensión.
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Centro de Biblioteca e Información Científica.
Artículo 10. Son funciones del Centro de Biblioteca e Información Científica.
- a) Organizar y controlar la eficiente prestación de los servicios de biblioteca, hemeroteca y demás medios de información científica de la Universidad y coordinar sus actividades con las diferentes dependencias.
- b) Clasificar, procesar y conservar en forma técnica los materiales bibliográficos y mantener actualizados los inventarios, catálogos y demás medios de acceso a las colecciones.
- c) Orientar a los interesados en la investigación de temas, específicos y velar por la efectividad del servicio de préstamo de publicaciones.
- d) Propender por la divulgación de cono-cimientos relacionados con la organización y uso de los recursos bibliográficos, mediante cursos, seminarios, conferencias y publicaciones.
- e) Dar a. conocer oportunamente al personal" docente y estudiantil, las novedades bibliográficas y de Información científica.
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Centro de Recursos Educativos.
Artículo 11. Son funciones del Centro de Recursos Educativos:
a), Organizar, coordinar y controlar la utilización de los recursos didácticos y educativos, encaminados a la actualización y mejoramiento del proceso de enseñanza aprendizaje.
- b) Asesorar a la Universidad en la elaboración, selección y adquisición de equipo y material didáctico.
- c) Coordinar sus actividades con las diferentes dependencias del área académica a fin de mantener actualizados y disponibles los servicios del Centro.
- d) Propender por el, mejoramiento, conservación y uso adecuado, por parte de, la comunidad universitaria, de los recursos educativos.
- e) Administrar y conservar en debida forma los museos y pinacotecas de propiedad de la Universidad.
- f) Rendir informes periódicos a la Vice-Rectoría Académica sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia.
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Ayudas Audiovisuales. 1
Artículo 12. Son funciones de la Sección de Ayudas Audiovisuales:
- a) Centralizar, administrar y controlar los medios y ayudas audiovisuales indispensab1es para el desarrollo de las actividades académicas.
- b) Fomentar y producir los materiales didácticos, suministrarlos oportunamente y velar por su debido uso, orientando a los usuarios en tal sentido.
- c) Formular oportunamente, para su incorporación en los planes de compras, los pedidos de materiales que requiera la dependencia para su funcionamiento.
- d) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Laboratorios y Equipos.
Artículo 13. Son funciones de la Sección da Laboratorios, y Equipos:
- a) Organizar y disponer el uso de los laboratorios y equipos y coordinar la adecuada utilización de los mismos para garantizar su normal, funcionamiento.
- b) Coordinar con las diferentes facultades y departamentos la programación de las prácticas de laboratorio, con miras a la óptima utilización de los recursos.
- c) Diseñar los manuales que requieran los usuarios para la correcta utilización de los laboratorios y equipos.
- d) Formular oportunamente, para su incorporación en los planes de compras, los pedidos de materiales y equipos que requiera la dependencia para su normal funcionamiento.
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Centro de Educación Abierta y a Distancia.
Artículo 14. Son funciones del Centro de Educación Abierta y a Distancia:
- a) Dirigir y coordinar las diferentes actividades relacionadas con los programas de Educación Abierta y a Distancia que ofrezca la Universidad.
- b) Definir y concertar con todas las dependencias de las Universidad, las líneas de acción necesarias para el mejor funcionamiento de los programas de Educación Abierta y a Distancia.
- c) Determinar los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para el normal funcionamiento de los programas y solicitar a las dependencias correspondientes la asignación de los mismos.
- d) Coordinar con la Vise-Rectoría Académica y la Sección de Admisiones, Registro y Control Académico, los procesos referentes a inscripción, matrícula, seguimiento académico y promoción de los usuarios del Sistema de Educación a Distancia, en los diferentes programas que bajo esta modalidad ofrezca la Universidad.
- e) Coordinar el diseño, elaboración, impresión y distribución de los medios educativos que requieran los estudiantes matriculados en los programas de Educación Abierta a Distancia de la, Universidad.
- f) Planear en coordinación, con la Vise-rectoría Académica la creación y organización de los Centros Regionales de Educación a Distancia.
- g) Dirigirla elaboración de planes y programas de estudios de acuerdo con los perfiles profesionales para cada programa de Educación a Distancia.
- h) Definir con el apoyo de las facultades respectivas, los criterios para la evaluación de los programas que en materia de Educación Abierta, y a Distancia desarrolle la Universidad.
- i) Adelantar las acciones necesarias para promover en la comunidad los beneficios del sistema de Educación Abierta y a Distancia, en, concordancia con los planes que en este mismo sentido se adelanten a nivel nacional.
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