Por medio del cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales
DECRETA:
Articulo 1º. Apruébase el Acuerdo húmero 11 de abril 10 de 1980; del Comité Nacional de Cafeteros cuyo, texto dice lo siguiente:
ACUERDO NUMERO 11 DE 1980
(abril 10)
El Comité Nacional de Cafeteros,, en uso ,de sus atribuciones y
CONSIDERANDO:
- a) Que en virtud del Decreto 207.8 de 1940 y de las disposiciones que lo adicionan y lo reforman el Gobierno y la Federación, celebraron el 11 de diciembre de 1940, un contrato sobre manejo del Fondo Nacional del Café, e intervención en los mercados cafeteros para el desarrollo del Convenio Interamericano sobre cuotas de exportación, contrato que ha sido adicionado y complementado por otros posteriores, y de manera especial por el de diciembre 20 de 1978 sobre prestación de servicios y administración y manejo del Fondo Nacional del Café, celebrado entre las mismas partes con el objeto de solucionar de acuerdo con la experiencia obtenida en el desarrollo del mismo, aquellos puntos que no se habían podido prever originalmente a fin de darle desarrollo y cumplimiento a normas legales y a disposiciones de los Congresos Cafeteros;
- b) Que la Federación Nacional de Cafeteros, con recursos del Fondo Nacional del Café, es accionista de la Sociedad Promotora del, Ingenio Panelero de la Hoya delRío Suárez S. A. cuya Asamblea extraordinaria efectuada el 7 del presente mes aprobó su tramitación en Sociedad Ejecutiva, bajo la razón social de Ingenio del Suárez S. A., con un capital autorizado de $ 130.000.000 y suscrito y pagado de $ 69.000.000 de los chales corresponde al Fondo suscribir $ 20:000.000 suma que se encuentra prevista en el presupuesto de inversiones del Fondo Nacional del Café, como parte de las actividades de diversificación, para la vigencia en curso. 3
- c) Que en la presente, sesión el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público ha expresado su voto favorable adiciona la transformación y aporte,
ACUERDA:
Artículo primero. Autorizar a la .Federación Nacional de Cafeteros para que con recursos tomados del Fondo Nacional del Café y para éste suscriba y pague 200.000 acciones del Ingenio del Suárez S. A., de valor nominal de $ 100.00 cada una.
Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.
Dado en Bogotá, D. E., a los diez (10) días del mes de abril de mil novecientos ochenta (1980).
El Presidente,
José María Patiño Sanz.
El Secretario,
José Fernando Jaramillo H.
Artículo 2° El presente Decreto rige desdé la fecha ce su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de abril de 1980.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda, y Crédito Público.
Jaime García Parra.
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