por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 2001-05-24
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República se trasladará entre los días 25 y 30 de mayo del presente año a las ciudades de París (Francia), con el fin de asistir a la Reunión de la OIE y Atlanta-Georgia (Estados Unidos de Norteamérica), para asistir a la XII Conferencia de la CNN;

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Relaciones Exteriores, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Guillermo Fernández De Soto, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de mayo de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Eduardo Pizano de Narváez.

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