POR EL CUAL SE ADICIONA EL ARTICULO 6° DEL DECRETO NUMERO 1256 DE 1926, SOBRE CORRESPONDENCIA OFICIAL RECOMENDADA

Rango Decreto
Publicación 1933-05-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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1926, SOBRE CORRESPONDENCIA OFICIAL RECOMENDADA

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. En el servicio interior la correspondencia oficial de la Contraloría General de la República y sus dependencias, relacionada con el examen y revisión de cuentas, podrá cursar con el carácter de recomendada, libre de derechos de recomendación y acuse de recibo. Queda así adicionado el artículo 6º del Decreto número 1256 de 26 de julio de 1926.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de mayo de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alberto PUMAREJO.

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