Por el cual se determinan las funciones del Departamento de Presupuesto, Contabilidad y Ordenación del Ministerio de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1937-07-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. En desarrollo de lo previsto por el artículo 8° del Decreto 236 del presente año, determínanse las siguientes funciones al Departamento de Presupuesto, Contabilidad y Ordenación del Ministerio de Guerra:

d). Presentar a la consideración del Ministro de Guerra, para su aprobación, la distribución mensual de los acuerdos de ordenación de gastos que haya efectuado la Junta de Presupuestos, lo mismo que los traslados de partidas que sea necesario efectuar dentro de cada mes.

Parágrafo. Es entendido que al Departamento de Presupuesto, Contabilidad y Ordenación, cuyo Jefe es al mismo tiempo Presidente de la Junta de Presupuestos y Administración del Ministerio de Guerra, corresponderán las funciones que se desprenden de la reglamentación dada a la mencionada Junta por Decreto número 1867 de 1936.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 7 de mayo de. 1937.

ALFONSO LOPEZ

Ministro de Guerra.

Alberto PUMAREJO

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