por el cual se modifica la planta de personal de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar, COLJUEGOS, y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que en uso de las facultades extraordinarias establecidas en los literales d), e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, se expidió el Decreto 4142 de 2011 mediante el cual se creó la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar, COLJUEGOS.
Que es necesario modificar la planta de personal de la empresa y para ello se presentó el estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 19 de 2012 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.
Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.
DECRETA:
Artículo 1°. El número de trabajadores oficiales al servicio de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar - COLJUEGOS, será hasta de cincuenta y cinco (55) trabajadores.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona al Decreto 4143 de 2011.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor
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