Por el cual se segregan dos municipios de dos Circuitos Judiciales para agregarlos a otros
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Segrégase el Municipio de María del Circuito Judicial de Pereira, y agrégase al de Manizales, Distrito Judicial de Caldas.
Artículo 2. ° Segrégase del Circuito Judicial de Fredonia, Distrito Judicial de Antioquia, el Municipio da Santa Bárbara, y agrégase al Circuito Judicial de Abejorral, del mismo Distrito Judicial.
Artículo 3º Este Decreto empezará á regir desde el 1° de Septiembre próximo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 8 de Agosta de 1906.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
dionisio ARANGO
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