por el cual se modifica el articulo 5 del Decreto 2220 de 1993
El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y, en especial, de la potestad reglamentaria prevista en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Ampliar los plazos establecidos en el artículo 5º del Decreto 2220 de 1993, para que los municipios y distritos adopten la estratificación socioeconómica para las zonas urbanas y rurales, hasta el 31 de diciembre de 1996.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 6 días del mes de mayo de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Desarrollo Económico,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
Departamento Nacional de Planeación,
Armando Montenegro.
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