por el cual se crea la Comisión Asesora Interinstitucional para el estudio del proyecto de construcción del Canal Interoceánico y el Bioparque del Darién

Rango Decreto
Publicación 1996-05-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 1º del Decreto Extraordinario 1050 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1º. Créase la Comisión Asesora Interinstitucional para el Estudio del Proyecto de Construcción del Canal Interoceánico y el Bioparque del Darién como organismo del Gobierno Nacional que tendrá a su cargo el desarrollo del proceso de viabilización del Canal Interoceánico y del Bioparque del Darién.

Esta comisión funcionará adscrita al Ministerio de Transporte.

Artículo 2º. La Comisión para el Estudio del Proyecto de Construcción del Canal Interoceánico y el Bioparque del Darién cumplirá las siguientes funciones:

Parágrafo. La Comisión deberá presentar al Presidente de la República el documento que contenga las propuestas y recomendaciones del caso, dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la fecha de su instalación.

Artículo 3º. La Comisión para el Estudio del Proyecto de Construcción del Canal Interoceánico y el Bioparque del Darién estará conformada por los siguientes funcionarios:

Parágrafo. La Secretaría Técnica de la Comisión será desempeñada por el Departamento Nacional de Planeación.

Artículo 4º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de mayo de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Transporte,

Carlos Hernán López Gutiérrez.

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