Por el cual se reforma el decreto de distribución número 33 de 11 de enero de 1930

Rango Decreto
Publicación 1930-06-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1° Disminúyese en la suma de trescientos veinticinco pesos cincuenta centavos ($ 325-50) la partida de $ 13,460 apropiada en el citado Decreto de distribución (capítulo 39, artículo 489 b), para viáticos, material, publicaciones y demás gastos del Departamento de Minas y Petróleos, y auméntase en la misma cantidad la de $20,140 asignada para personal del mismo Departamento en el artículo 489 a). Este aumento se destina al pago de los sueldos que haya de devengar el Conserje del Laboratorio, en el tiempo comprendido del 24 de mayo al 31 de diciembre del presente año.
Artículo 2° Queda en estos términos reformado el Decreto número 33, ya citado.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de junio de 1930.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Industrias,

Francisco José CHAUX

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