Por el cual se reforma el decreto de distribución número 33 de 11 de enero de 1930
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que por medio del Decreto número 976, de fecha 28 de mayo de 1928, fueron creados los puestos de Jefe, Ayudante y Conserje del Laboratorio de Química del Ministerio de Industrias, este último con un sueldo de cuarenta y cinco pesos ($ 45) mensuales.
- 2° Que en virtud del Decreto número 755 de 13 de mayo del presente año, se restableció el servicio del Laboratorio dicho, que había estado suspendido por razones de orden fiscal, y fueron nombrados los individuos que deben desempeñar tales cargos.
- 3° Que en el Decreto de distribución número 33 de 11 de enero de 1930, al tratarse del artículo 489 del capítulo 39 del Presupuesto de la actual vigencia, sólo se hicieron figurar el Jefe y Ayudante del Laboratorio, pero no el Conserje, que tomó posesión de su empleo el día 24 de mayo pasado,
DECRETA:
Artículo 1° Disminúyese en la suma de trescientos veinticinco pesos cincuenta centavos ($ 325-50) la partida de $ 13,460 apropiada en el citado Decreto de distribución (capítulo 39, artículo 489 b), para viáticos, material, publicaciones y demás gastos del Departamento de Minas y Petróleos, y auméntase en la misma cantidad la de $20,140 asignada para personal del mismo Departamento en el artículo 489 a). Este aumento se destina al pago de los sueldos que haya de devengar el Conserje del Laboratorio, en el tiempo comprendido del 24 de mayo al 31 de diciembre del presente año.
Artículo 2° Queda en estos términos reformado el Decreto número 33, ya citado.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de junio de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Industrias,
Francisco José CHAUX
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