Por el cual se crea un puesto en el Ministerio de Industrias y se nombra el empleado que debe servirlo
El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades que el confiere la Ley de 1927.
DECRETA:
Artículo 1o Créase el cargo de Habilitado Proveedor de las Comisiones de colonización de la Sección de Inmigración y Colonización del Ministerio de Industria, con una asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($150).
Artículo 2o Nómbrase para desempeñar dicho cargo al señor Reinaldo Bernal.
Parágrafo. El gasto que ocasione el cumplimineto del presente Decreto se imputará al capítulo 38, artículo 470, del Presupuesto de gastos de la actual vigencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de mayo de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Industria,
José Antonio MONTALVO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.