Por el cual se crea un cargo en el ramo de Carreteras Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Créase el cargo de Ingeniero Ayudante de la interventoría de las Carreteras Nacionales del Huila, con una asignación mensual de seiscientos treinta pesos moneda corriente ($630).
Parágrafo. El valor de los sueldos del cargo creado será cubierto con los fondos destinados a las obras que va a supervigilar el Ingeniero Ayudante de la Intervendría.
Comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá a 1 de abril de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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