Por el cual se establece una Oficina y se crea una plaza en el Ramo Telegráfico
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Art. 1.° Establécese Oficina Telegráfica en la población de Circacia (Departamento del Cauca) servida por un Telegrafista, con la asignación mensual de $ 1,300.
Art. 2.° Créase la plaza de Copista de la Oficina Telegráfica de Magangué, con la asignación mensual de $ 1,600.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 10 de Octubre de 1903
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
ESTEBAN JARAMILLO
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