Por el cual se destina una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. De los fondos votados en el artículo 463, capítulo 64, de la Ley de Apropiaciones vigente, y de acuerdo con el Decreto número 329, destínase la cantidad de $ 200 moneda corriente para pagar al señor Antonio Cortés las siete (7) representaciones que dieron "Los hermanitos Cortés" en el Teatro Cultural del Parque Olaya Herrera y en el Teatro al Aire Libre.
Parágrafo. La expresada cantidad se pagará al señor Antonio Cortés, en su carácter de representante legal de "Los hermanitos Cortés."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de abril de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO
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