Por el cual se fija el personal de Detectives Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1949-04-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente, de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 1° de la Ley 93 de 1948,

DECRETA:

Artículo 1° El personal de Detectives Nacionales de la Prefectura Nacional de Seguridad será el siguiente:
70 Detectives de clase 1ª , cada uno $ 300.00
110 Detectives de 2 clase, cada uno 250.00
140 Detectives de 3ª clase, cada uno 230.00
180 Detectives de 4ª clase, cada uno 190.00
Artículo 2° Este Decreto regirá desde su fecha.

Comuníquese.

Dado en Bogotá a 5 de abril de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHANDIA

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