por el cual se aprueba el Acuerdo número 000004 del 24 de agosto de 1994 del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Chocó, que reestructura la Planta de Personal y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1995-06-02
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Apruébase el Acuerdo número 000010 del 4 de agosto de 1994, emanado del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Chocó, cuyo contenido es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 000010 DE 1994

(agosto 4)

por el cual se reestructura la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Chocó y se dictan otras disposiciones.

El Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Chocó, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 74 del Decreto número 1042 de 1978 y del artículo 10 de la Ley 49 de 1983,

ACUERDA:

Artículo 1º. Suprímanse los siguientes cargos de la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Chocó:

No. cargos Dependencia y Denominación del cargo Código Grado
GRUPO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GRUPO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GRUPO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS GRUPO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
1 Visitador 5100 01
4 Celador 5320 01
GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO GRUPO DE ORGANIZACION Y CONTROL DEPORTIVO
3 Instructor 4085 06
3 Instructor Auxiliar 4130 02

Artículo 2º. Establécese para el cumplimiento de las funciones propias de las distintas dependencias de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Chocó, la siguiente planta global de personal:

No. cargos Denominación del cargo Código Grado
1 Director de Unidad Administrativa Especial 2025 14
2 Jefe de División 2040 03
1 Médico (MT) 3085 14
1 Profesional Universitario 3020 03
2 Técnico Administrativo 4065 07
2 Auxiliar de Técnico 4110 05
3 Técnico Profesional (MT) 4175 09
1 Coordinador 5005 16
1 Secretario 5140 10
2 Técnico Profesional 4175 07
2 Secretario 5140 08
2 Auxiliar Servicios Generales 5335 07
1 Auxiliar Servicios Generales 5335 09

Artículo 3º. El Director Ejecutivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Chocó, mediante resolución, distribuirá el personal en los cargos, de acuerdo con la estructura interna, planes y programas adoptados y las necesidades del servicio.

Artículo 4º. Los funcionarios cuyos cargos sean suprimidos de conformidad con el artículo primero del presente Acuerdo, tendrán derecho al pago de la indemnización en los términos y condiciones estipulados en el artículo octavo de la Ley 27 de 1992 y de su Decreto reglamentario 1223 de 1993.

Artículo 5º.El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga las Resoluciones números 0051 y 0111 de 1978 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en la ciudad de Quibdó, a los cuatro (4) días del mes de agosto de 1994.

El Presidente,

(Fdo.) Diego Palacios Gutiérrez.

La Secretaria,

(Fdo.) Aixa María Cuesta.»

ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíque se, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 2 de junio de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

El Ministro de Educación Nacional,

Arturo Sarabia Better.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo González Montoya.

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