por el cual se reducen y aplazan unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2000

Rango Decreto
Publicación 2000-05-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, el artículo 24 de la Ley 60 de 1993 y el Decreto 768 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que el Congreso de la República expidió la Ley 547 del 23 de diciembre de 1999 por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2000, el cual se liquidó por medio del Decreto 2686 del 28 de diciembre de 1999;

Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros, cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;

Que evaluadas las proyecciones de ingresos para el año 2000, los ingresos que se esperan percibir no son suficientes para financiar los gastos autorizados en la ley anual del presupuesto para la vigencia fiscal de 2000;

Que teniendo en cuenta la situación económica que atraviesa el país, no es posible mantener la coherencia macroeconómica si el presupuesto aprobado por el Congreso para el 2000, se ejecuta aumentando el déficit fiscal;

Que en la actual coyuntura económica es necesario aplicar medidas encaminadas a disminuir el déficit del sector público no financiero siendo imprescindible tomar decisiones orientadas a controlar el gasto público, en especial el aumento del rezago presupuestal, generado por la carencia de recursos en el Programa Anual de Caja;

Que debido al descenso de la actividad económica observada al cierre de 1999 y el menor ritmo de las importaciones en el presente año, se prevé una disminución en el recaudo de los ingresos corrientes de la Nación y por consiguiente de la base de liquidación de la participación a los municipios;

Que el parágrafo 2º del artículo 24 de la Ley 60 de 1993, establece que si los ingresos corrientes efectivos son inferiores se dispondrá la reducción respectiva;

Que el artículo 4º del Decreto reglamentario 768 de 1998, de manera concordante determina que, en el evento en que los ingresos corrientes efectivos sean inferiores a los aforados, se procederá a efectuar la reducción en la correspondiente vigencia fiscal;

Que en virtud de la autorización conferida por el Consejo de Ministros en su sesión del día 11 de mayo de 2000, se podrá efectuar una reducción de las apropiaciones presupuestales en la presente vigencia fiscal, correspondientes a la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación y aplazar hasta el 31 de diciembre de 2000 algunas apropiaciones presupuestales de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación,

DECRETA:

Artículo 1º. Redúzcase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2000 en la suma de trescientos cuarenta y tres mil ciento cuarenta y un millones ochocientos mil pesos moneda legal ($343.141.800.000), según el siguiente detalle:
CONCEPTO VALOR
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
I.INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 343.141.800.000
1.INGRESOS CORRIENTES DE LA NACIÓN 343.141.800.000
Articulo 2º. Redúzcase el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2000 en la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y UN MILLON OCHOCIENTOS MIL PESOS MONEDA LEGAL ($343.141.800.000) según el siguiente detalle:

REDUCCIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

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