Por el cual se crea la Escuela de Policía "Carlos E. Restrepo
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 71 del Decreto-ley 2137 de 1983,
DECRETA:
Articulo 1º Créase la Escuela de Formación, Capacitación y Especialización de Agente de la Policía Nacional "Carlos E. Restrepo" en el Municipio de La Estrella, Departamento de Antioquia.
Artículo 2º La Escuela tendrá como sede las instalaciones que en la actualidad ocupa la Escuela "Carlos Holguín" de La Estrella, Antioquia.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 13 de abril de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro.
El Ministro de Defensa Nacional,
General Gustavo Mata-moros D'Costa.
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