Por el cual se concede una franquicia telegráfica

Rango Decreto
Publicación 1904-11-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Concédese franquicia telegráfica por las líneas de la República á la Empresa del Ferrocarril del Departamento de Antioquia, mientras éste sea de propiedad de dicho Departamento, para los asuntos urgentes del servicio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 25 de Noviembre de 1904,

R. REYES

El Ministro de Gobierno,

BONIFACIO VELEZ

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