Por el cual se deroga una disposición
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4º de 1992,
DECRETA:
Artículo 1 º.Derógase el artículo 27 del Decreto 43 de 1999.
Artículo 2 º.El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíque se y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de junio de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO.
El Ministerio del Interior, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho,
Néstor Humberto Martínez Neira.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.
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