Por el cual se deroga el inciso 2o del artículo 2o del Decreto número 362 de 1927 (26 de febrero)

Rango Decreto
Publicación 1920-05-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

teniendo en cuenta:

decreta:

Artículo único. Derógase en todas sus partes la modificación contenida en él inciso 2° del artículo 1° del Decreto en referencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de mayo de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.

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